Para estudiantes embarazadas, puérperas y en período de lactancia existe un Régimen de asistencias y acompañamiento educativo (art. 74 Ley de Educación 18.437, art. 9 Estatuto del Estudiante de Educación Media). ¿Qué significa? que si te encontrás en esta situación el centro educativo te puede apoyar enviando materiales y tareas domiciliarias, cambiando fechas de evaluación o generando mesas especiales de examen.
Sobre las inasistencias, se te mantiene la condición de reglamentada aún cuando hayas superado el límite de inasistencias previsto. Si no aprobaras la cantidad de materias mínimas requeridas quedas habilitada a rendir examen de todas en carácter reglamentado. Acta 34 Resolución N°1 de CODICEN del año 99.
Las y los estudiantes con responsabilidades de cuidado de hijas e hijos pueden solicitar prioridad para concurrir en el horario en que estos concurren a centros de educación inicial, CAIF, jardines de infantes, escuelas. Toda situación asociada a la crianza que en casos puntuales te impida la asistencia por ser madre o padre debe ser comunicada lo antes posible a la adscripción y/o la dirección, de modo que pueda ser contemplada y no sea un obstáculo para que sigas estudiando.
Ley de Igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres en la República 18104 https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/leytemp6550809.htm
Si te quedan dudas o consultas respecto a tus derechos como estudiante de UTU, además de enviar tu pregunta por ésta herramienta, podés comunicarte con la UCAE (Unidad Coordinadora de Atención al Estudiante) al correo unidadatencionestudiante@gmail.com, al 24105561 o en San Salvador 1674 (Mdeo).