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¿Cuánto tiempo me puede suspender la Dirección?

La Dirección del centro educativo puede tomar la decisión de suspenderte preventivamente por un plazo máximo de diez días. Debe citarte el Consejo Asesor Pedagógico (CAP). Luego de la actuación del CAP la Dirección puede aplicar como máximo una suspensión de hasta 15 días hábiles salvo que implique la pérdida del curso. La suspensión que exceda ese tiempo o pueda hacer que pierdas el curso por inasistencias debe resolverla el Consejo que es la máxima autoridad dentro del CETP-UTU.

La sanción preventiva que te hayan impuesto siempre se descuenta de la sanción final.

Si te quedan dudas o consultas respecto a tus derechos como estudiante de UTU, además de enviar tu pregunta por ésta herramienta, podés comunicarte con la UCAE (Unidad Coordinadora de Atención al Estudiante) al correo unidadatencionestudiante@gmail.com, al 24105561 o en San Salvador 1674 (Mdeo).

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