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¿Qué sanciones me pueden poner?

La simple advertencia que te hace el profesor/a no es una sanción, tampoco lo es cuando te retira del aula. Las medidas medidas disciplinarias que se pueden aplicar están previstas en el Estatuto del Estudiante de Educación Media y son: observación verbal, observación escrita, cumplimiento de tareas comunitarias o alternativas, suspensiones de hasta un año de duración con o sin prohibición de rendir exámenes libres. La observación verbal la puede hacer el/la profesor/a, la observación escrita y el cumplimiento de actividades alternativas o tareas comunitarias corresponde que lo disponga la Dirección. También la Dirección puede disponer hasta 15 días hábiles. La suspensión que exceda ese tiempo o pueda implicar la pérdida del curso debe resolverla el Consejo que es la máxima autoridad dentro del CETP-UTU.

Si te quedan dudas o consultas respecto a tus derechos como estudiante de UTU, además de enviar tu pregunta por ésta herramienta, podés comunicarte con la UCAE (Unidad Coordinadora de Atención al Estudiante) al correo unidadatencionestudiante@gmail.com, al 24105561 o en San Salvador 1674 (Mdeo).

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